Mitos v/s realidad de las inclusión laboral de personas con Síndrome de Down 🤔

La Ley de Inclusión Laboral n° 21.015 establece como requerimiento, sin excepción alguna, para todas las empresas con más de 100 trabajadores, que se cubra un cuota reservada de trabajo del 1% de estos con personas con discapacidad. Y prohíbe la discriminación arbitraria por discapacidades a la hora de contratar a quienes ocuparán los puestos reservados, no se puede priorizar una discapacidad sobre otra. Sin embargo, los prejuicios y la discriminación se mantienen en la escena laboral. Sigue la duda ¿es esto suficiente para asegurar la verdadera inclusión de las personas con discapacidad en el ambiente laboral, en los grupos, los espacios de interacción?

La @fundacioncomplementa , fundada en 1991, tiene como objetivo generar un proyecto educativo y brindar apoyo a las personas con Síndrome de Down en todas las etapas de su vida y en distintas áreas del desarrollo. Conversamos con dos usuarias del programa laboral de la fundación. Donde se capacita en distintas áreas académicas y sociales y acompaña a las personas en sus trabajos.

Para Retratos del Síndrome de Down, entrevistamos a dos jóvenes trabajadoras con Síndrome de Down. Sofía Testa, quien es la encargada de bienestar en el banco Scotiabank e Irina Codoceo, que se desempeña como asistente de centro en la Clínica Mends La Dehesa. Conversamos sobre sus funciones en sus lugares de trabajo, su rutina, sus compañeros de trabajo, su experiencia y sus reflexiones sobre la inclusión laboral de las personas con Síndrome de Down.

Desde la conversación con Sofía Testa e Irina Codoceo levantamos un cuadro comparativo sobre los prejuicios en el área laboral que enfrentan las personas con Síndrome de Down, versus la realidad de estos mitos.

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Revisa las entrevistas completas haciendo click aquí.

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